
n los mercados abarrotados de La Paz, donde el comercio informal define buena parte de la economía boliviana, un vendedor discretamente completa una transacción sin intercambiar un solo boliviano físico. Con un smartphone de gama media, finaliza una transferencia de Tether (USDT) que a inicios de mayo de 2025 cotizaba entre 14,81 y 15,36 bolivianos según las tablas oficiales del Banco Central, ahora superan los 16 bolivianos a la fecha. Esta escena, impensable apenas dos años atrás, ilustra la transformación silenciosa pero profunda que experimenta el sistema financiero boliviano, que hasta junio de 2024 mantenía una prohibición explícita sobre el uso y circulación de monedas virtuales.
La evolución del panorama cripto en Bolivia representa uno de los virajes más pronunciados en política monetaria en Latinoamérica. Con la Resolución de Directorio No. 082/2024 emitida por el Banco Central de Bolivia (BCB), el país pasó de la prohibición absoluta a la regulación activa, estableciendo un marco legal para lo que hasta entonces operaba en las sombras. Esta transformación no es meramente un ajuste técnico o regulatorio, representa una colisión entre dos visiones fundamentalmente distintas de cómo debería funcionar el sistema financiero.
El sistema tradicional boliviano, con su arquitectura centralizada y jerarquizada, donde bancos, cooperativas y entidades reguladoras concentran el control, contrasta dramáticamente con el modelo descentralizado que proponen las criptomonedas. Donde el primero depende de intermediarios que verifican, autorizan y ejecutan transacciones con horarios restringidos y comisiones considerables, el segundo opera mediante protocolos peer-to-peer y contratos inteligentes que automatizan procesos sin intervención humana, manteniendo disponibilidad permanente. Esta desintermediación no solo reduce costos operativos sino que elimina barreras que han mantenido a segmentos significativos de la población boliviana fuera del sistema financiero formal.
La implementación del reciente Decreto Supremo N° 5384, aprobado el 7 de mayo de 2025, consolida esta transición al permitir formalmente la creación y funcionamiento de Empresas de Tecnología Financiera (ETF). Según Marcelo Montenegro, ministro de Economía y Finanzas Públicas, esta normativa representa la entrada definitiva de Bolivia "al ecosistema fintech, de forma moderna y regulada." La ASFI tiene ahora 40 días hábiles para emitir reglamentaciones específicas, completando así el marco legal para operaciones con criptomonedas que hasta hace poco eran consideradas ilegales.
El impacto de este cambio regulatorio ha sido extraordinario. En menos de un año, el valor del mercado cripto boliviano ha alcanzado los 3.000 millones de dólares, con más de 250.000 usuarios activos, cifras que reflejan un crecimiento superior al 142% en montos transados. Este desarrollo posiciona a Bolivia en el puesto 12 entre los países latinoamericanos con mayor valor en activos digitales, una transformación notable para una economía que tradicionalmente ha dependido de recursos naturales y comercio informal.
Las estadísticas son reveladoras: el valor mensual promedio transado pasó de 7,6 millones de dólares entre enero de 2023 y junio de 2024 a 15,6 millones entre julio y septiembre de 2024, un crecimiento del 100%. Durante ese trimestre, el total transado alcanzó los 468 millones de dólares. Más significativo aún es el aumento en el número de operaciones: 1.123.000 transacciones en el tercer trimestre de 2024, superando las 932.000 de los seis meses anteriores, un incremento del 141% que evidencia la velocidad con que la población boliviana adopta estas tecnologías.
El contraste con el modelo económico tradicional es particularmente pronunciado. Mientras la política monetaria boliviana convencional permite modificaciones discrecionales en la oferta monetaria según necesidades coyunturales, las criptomonedas introducen el concepto de "tokenomics", sistemas económicos matemáticamente definidos donde aspectos como la distribución de tokens y mecanismos de emisión están programados desde el inicio. Esta predictibilidad algorítmica proporciona una transparencia imposible de replicar en sistemas donde decisiones discrecionales pueden modificar fundamentalmente las políticas monetarias.
Las stablecoins han emergido como protagonistas en esta transición, ofreciendo un puente entre ambos modelos financieros. Vinculadas a activos de reserva como el dólar estadounidense, estas monedas digitales combinan la estabilidad de divisas tradicionales con las ventajas inherentes a las criptomonedas. No es coincidencia que Tether (USDT) figure prominentemente en las tablas de precios publicadas por el BCB, ni que Dante Rivadeneyra, consultor en innovación digital, señale que "el nuevo Presupuesto General del Estado para 2025 ha abierto la posibilidad para que las instituciones gubernamentales realicen transacciones en criptoactivos, específicamente en stablecoins como USDC o USDT." Esta iniciativa institucional representa un respaldo sin precedentes que potenciará significativamente la adopción de estos activos digitales.
El ecosistema tecnológico que sustenta esta transformación crece a ritmo acelerado. Actualmente, Bolivia cuenta con más de 40 empresas operando en el campo de la tecnología financiera, particularmente concentradas en los centros urbanos de Santa Cruz, Cochabamba y La Paz. Estas entidades, que han operado hasta ahora en un vacío regulatorio, deberán ajustarse a las normas establecidas por la ASFI, un proceso que probablemente consolidará el mercado en torno a actores establecidos mientras eleva barreras de entrada para nuevos participantes.
La transparencia informativa representa otra diferencia radical entre sistemas. En el modelo tradicional boliviano, la información sobre transacciones y operaciones internas de instituciones financieras se maneja con estricta confidencialidad, accesible sólo para reguladores y auditores. En contraste, blockchain permite que todas las transacciones y saldos estén disponibles públicamente, creando un nivel de transparencia inédito. Cualquier ciudadano puede verificar el historial completo de operaciones y examinar métricas de actividad sin necesidad de credenciales especiales, democratizando el acceso a información financiera que tradicionalmente ha estado bajo control exclusivo de élites bancarias y reguladoras.
Pero quizás la diferencia más tangible para el ciudadano promedio reside en la disponibilidad operativa. Mientras el sistema bancario boliviano opera típicamente de 09:00 a 16:00 en días laborables, con servicio limitado o nulo durante fines de semana y feriados, el ecosistema blockchain mantiene disponibilidad ininterrumpida. Esta operatividad permanente elimina el concepto restrictivo de "horario bancario" y permite transacciones en cualquier momento según necesidades reales, no limitaciones institucionales, una ventaja pragmática para emprendedores, comerciantes con horarios extendidos o ciudadanos que requieren transferencias urgentes.
La situación económica boliviana, caracterizada por reservas internacionales en disminución e inflación creciente, ha acelerado la adopción de estos activos digitales como refugio de valor. Las remesas internacionales, fundamentales para numerosas familias bolivianas, han encontrado en la blockchain un canal más eficiente que los servicios tradicionales de transferencia de dinero. Plataformas como Binance, que había incorporado el boliviano (BOB) a sus operaciones P2P desde octubre de 2020, facilitaron una adopción temprana incluso antes de la legalización oficial.
El marco regulatorio emergente refleja la tensión entre control gubernamental e innovación financiera. El BCB y la ASFI intentan canalizar esta revolución tecnológica dentro de estructuras supervisables, mientras los participantes buscan preservar los beneficios de descentralización que diferencian fundamentalmente a estas tecnologías. Edwin Rojas Ulo, presidente en funciones del BCB, destaca que "Bolivia está dando grandes pasos hacia un futuro económico más integrado y digitalizado," pero esta integración implica inevitablemente compromisos entre la innovación disruptiva original y la estabilidad regulatoria. La retórica oficial enfatiza modernización e inclusión financiera, pero los mecanismos regulatorios establecidos sugieren un enfoque de control que podría socavar precisamente los aspectos más transformadores de las tecnologías blockchain.
Observadores atentos notan que el decreto establece un sistema de licencias administrado por la ASFI que funcionará como filtro para determinar qué empresas pueden operar legalmente. El proceso de obtención de estas licencias probablemente favorecerá a instituciones con vínculos establecidos con el sistema financiero tradicional, creando barreras de entrada significativas para emprendimientos puramente cripto. La experiencia regional, particularmente en México y Brasil, sugiere que estos mecanismos de licenciamiento a menudo resultan en la consolidación del mercado alrededor de actores establecidos, relegando innovadores independientes a la marginalidad o ilegalidad. El tiempo relativamente breve (40 días) otorgado para desarrollar reglamentaciones detalladas sugiere además que estas normas podrían adaptarse de marcos regulatorios existentes para finanzas tradicionales, sin considerar adecuadamente las particularidades técnicas y operativas de las tecnologías blockchain.
Las proyecciones para 2025 sugieren que el mercado continuará su expansión, impulsado tanto por el crecimiento orgánico del sector privado como por la participación de instituciones gubernamentales. El Decreto Supremo N° 5384 permite a las fintech desarrollar servicios en cinco grandes áreas: soluciones basadas en blockchain, sistemas de pagos, plataformas de financiamiento, tecnologías para empresas e iniciativas futuras definidas por la ASFI. Entre los servicios con mayor potencial figuran billeteras móviles, préstamos digitales, remesas internacionales y emisión de activos tokenizados, aplicaciones que podrían transformar fundamentalmente la inclusión financiera en un país donde importantes segmentos poblacionales han permanecido históricamente marginados del sistema bancario formal.
Sin embargo, el Decreto Supremo N° 5384 presenta una dualidad regulatoria preocupante para los puristas del ecosistema cripto. Bajo la apariencia de apertura y modernización, el decreto otorga a la ASFI poderes expansivos para determinar qué tipos de operaciones están permitidas y bajo qué condiciones. El mandato de 40 días para emitir reglamentaciones específicas crea un vacío temporal donde las empresas operan en incertidumbre regulatoria, sabiendo que pronto deberán adaptarse a normas que podrían alterar fundamentalmente sus modelos de negocio. Esta incertidumbre no es accidental, representa una estrategia calculada que permite al gobierno boliviano mantener la flexibilidad para ajustar el marco regulatorio según evolucionen sus objetivos respecto al sector cripto.
Particularmente reveladora es la facultad otorgada a la ASFI para definir "iniciativas futuras" dentro del ecosistema fintech, una cláusula abierta que efectivamente permite la expansión regulatoria sin necesidad de nuevos decretos. Esta disposición podría transformarse en el mecanismo perfecto para un control progresivo que, sin declararlo explícitamente, termine reinstaurando muchas de las restricciones que la aparente liberalización pretendía eliminar. La inclusión de criptoactivos en operaciones gubernamentales, específicamente limitadas a stablecoins como USDC o USDT según indica el consultor Rivadeneyra, sugiere una preferencia institucional por activos digitales que mantengan vínculos con divisas tradicionales—precisamente el tipo de criptomonedas más susceptibles a control centralizado.
Esta revolución ambigua trasciende la mera innovación tecnológica. Representa una redefinición de conceptos fundamentales como confianza, intermediación y soberanía financiera. Para Bolivia, un país acostumbrado a ciclos económicos vinculados a recursos naturales, estas tecnologías ofrecen la posibilidad de desarrollar una economía más diversificada y resiliente, menos vulnerable a fluctuaciones en mercados globales de materias primas y decisiones de bancos centrales extranjeros. Pero el potencial transformador se encuentra ahora en una encrucijada regulatoria.
La confrontación entre finanzas tradicionales y descentralizadas probablemente no culminará en el triunfo absoluto de un modelo sobre otro, sino en la emergencia de un ecosistema híbrido que aproveche las fortalezas de ambos enfoques. Sin embargo, el equilibrio específico entre innovación y regulación dependerá crucialmente de cómo la ASFI interprete e implemente el Decreto Supremo N° 5384. Si las reglamentaciones futuras priorizan requisitos de conocimiento del cliente (KYC) y registros detallados de transacciones, podrían efectivamente neutralizar la privacidad financiera que muchos usuarios cripto consideran fundamental. Si establecen umbrales de capital demasiado elevados para licenciamiento, eliminarán la participación de pequeños emprendedores que han impulsado la innovación en el sector. Si requieren interoperabilidad obligatoria con sistemas financieros tradicionales, comprometerán la independencia operativa que distingue al ecosistema blockchain.
Para un país que ha oscilado históricamente entre extremos políticos y económicos, el desafío actual no es simplemente técnico, sino profundamente político. El Decreto Supremo N° 5384 ofrece el andamiaje legal para cualquier escenario futuro, desde una liberalización genuina hasta un control casi total disfrazado de regulación progresista. La historia boliviana ofrece ejemplos de ambos extremos. Las próximas reglamentaciones revelarán si el gobierno boliviano realmente busca abrazar la revolución cripto o simplemente domesticarla hasta volverla irreconocible. Mientras tanto, esos 250.000 bolivianos que ya han ingresado al ecosistema criptográfico observan con atención, conscientes de que la verdadera revolución apenas comienza.
Marcelo Camacho Herrera es experto en startups y emprendimiento.
El presente artículo de opinión es de responsabilidad del autor y no representa necesariamente la línea editorial de Datápolis.bo.