
ue el partido Nueva Generación Patriótica (NGP) le haya despejado el camino para que Luis Revilla sea gobernador de La Paz, ha causado un verdadero terremoto político-electoral. Se trata de un partido registrado en diciembre de 2023 por el empresario Edgar Uriona Veizaga.
¿Puede oponerse a la decisión partidaria el candidato René Yahuasi? ¿Puede el partido declinar de participar en una elección? ¿Es correcta la decisión del TSE? ¿Cuáles son los verdaderos problemas de los partidos políticos, y las agrupaciones ciudadanas? ¿Qué hace el árbitro electoral?
El problema central es que estas organizaciones no son democráticas y son las primeras en incumplir la normativa. El Órgano Electoral tampoco hace su tarea y permite que haya un verdadero “mercado negro” de siglas vacías, que no cumplen los requisitos básicos para estar en una contienda electoral. El TSE tiene que hacer una verdadera depuración de partidos y agrupaciones que no han tenido la capacidad de tener un programa de gobierno ni candidatos propios. En realidad, ningún partido aguanta una auditoría en serio.
La Ley 1096 de 1 de septiembre de 2018 establece que, cada organización política adoptará sus propias instancias de deliberación y mecanismos de toma de decisiones como máxima expresión de su democracia interna” (art. 23). Estas instancias pueden ser congresos, asambleas, convenciones, juntas, reuniones u otras que deberán estar registradas mediante actas, memorias u otros documentos, que darán cuenta de la deliberación democrática en las mismas, incluyendo el registro de consensos y disensos.
¿En qué instancia NGP tomó la decisión de declinar de la segunda vuelta? ¿Por qué el candidato no fue informado de esa decisión? ¿Es fundador, militante, o invitado el candidato? La respuesta es muy simple: porque no son democráticos ni saben en qué consiste una deliberación, lograr consenso, hacer un debate, etc.
Los partidos y agrupaciones tienen dueños. Más democráticas son las fraternidades y comparsas que los partidos políticos.
La normativa establece igualmente que todas las convocatorias para elección de dirigencias y candidaturas en las instancias de deliberación y decisión de partidos políticos y agrupaciones ciudadanas son públicas, debiendo las mismas ser difundidas a través de medios que garanticen la participación de la militancia, según el alcance de la organización política, al menos quince (15) días antes de su realización.
Las instancias de deliberación y decisión de las organizaciones de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, serán convocadas y realizadas de acuerdo a sus normas y procedimientos propios.
El Órgano Electoral Plurinacional tiene que fiscalizar y supervisar el cumplimiento de la normativa vigente y de los estatutos internos de los partidos políticos y de las agrupaciones ciudadanas en la elección de sus dirigencias y candidaturas. También verificará el cumplimiento de la presente Ley, Reglamentos emitidos por el Tribunal Supremo Electoral y las disposiciones contenidas en el Estatuto Orgánico de los partidos políticos y agrupaciones ciudadanas y/o en el procedimiento o reglamento para la participación en procesos electorales de las organizaciones de las naciones y pueblos indígena originario campesinos.
La normativa advierte que “es nula toda disposición o pacto que establezca procesos extraordinarios o confiera poderes de excepción a una o varias personas o determinados órganos de la organización política para la elección, designación y nominación de dirigencias, delegaciones y candidaturas” (art. 31). ¿Es válida la declinatoria?
Es cierto que están suspendidas las elecciones primarias donde se deben elegir a los candidatos. Pero cualquier designación de candidaturas debe garantizar la democracia partidaria, así como la participación de hombres y mujeres (art. 210 CPE).
Las organizaciones y partidos políticos tienen que reinventarse, acercarse a la gente, generar democracia interna, promover la mirada estratégica de los problemas nacionales, y el camino de las soluciones. Los militantes necesitan elegir a sus dirigentes que tengan la talla de estadistas, que piensen en las próximas generaciones y no solo en las próximas elecciones.
Hay que restituir las elecciones primarias para evitar estas groserías electorales. La democracia interna busca además eliminar el caudillismo y el derecho propietario de los partidos, que tanto daño ha causado (y sigue causando) a los partidos políticos y al propio sistema democrático.
La figura del caudillo es negativa no sólo porque bloquea el surgimiento de nuevos líderes e impide la necesaria renovación del sistema político nacional sino también porque sacrifica la institucionalidad, las reglas democráticas y condena a las nuevas generaciones a estar gobernadas por mentalidades del siglo XX.
William Herrera Áñez es abogado y profesor universitario.
El presente artículo de opinión es de responsabilidad del autor y no representa necesariamente la línea editorial de Datápolis.bo.
