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iez leyes incendiarias, el avasallamiento de tierras y la “ceguera” han formado un coctel de muerte por los incendios, el humo y la indolencia de las autoridades, provocando la destrucción de 4 millones de hectáreas de flora y el biocidio o genocidio por la extinción de miles de especies vivas, especialmente en los departamentos de Santa Cruz y Beni.

Según la Fundación Tierra, desde el 2013 hasta la actualidad, se han aprobado al menos 10 leyes denominadas “incendiarias” porque permiten las quemas controladas y sanciones mínimas contra los infractores, con el supuesto pretexto de ampliar la frontera agrícola y fomentar la producción nacional, causando al menos la destrucción de 4 millones de hectáreas.

  • Ley 337. 11/02/2013. Ley de apoyo a la producción de alimentos y restitución de bosques.
  • Ley 502. 26/02/2014. Ley de ampliación del plazo y modificación a la ley n° 337 de apoyo a la producción de alimentos y restitución de bosques.
  • Ley 739. 29/02/2015. Modificación de las leyes 337 y 502 de apoyo a la producción de alimentos y restitución de bosques.
  • Ley 740. 29/09/2015. Ley de ampliación del plazo de verificación de la Función Económica Social.
  • Ley 741. 29/09/2015. Ley de autorización de desmonte hasta 20 hectáreas para pequeñas propiedades y propiedades comunitarias o colectivas para actividades agrícolas y pecuarias.
  • Ley 952. 26/05/2017. Ley de ampliación del plazo para el registro al programa de apoyo a la producción de alimentos y restitución de bosques.
  • Ley 1098. 17/09/2018. Ley que establece el marco normativo que permita la producción, almacenaje, transporte, comercialización y mezcla de Aditivos de Origen Vegetal.
  • DS 3874. 18/04/2019. Decreto que autoriza al Comité Nacional de Bioseguridad establecer procedimientos abreviados para la evaluación de la Soya evento HB4 y Soya evento Intacta
  • Ley 1171. 25/04/2019. Ley de uso y manejo racional de quemas
  • DS 3973. 10/07/2019. Decreto que modifica el Artículo 5 del Decreto Supremo 26075, del 16 de febrero de 2001, autorizando el desmonte para actividad agropecuaria en los departamentos de Santa Cruz y Beni.

Una de las más cuestionadas es la Ley 337, porque apoya la producción de alimentos y la restitución de bosques. Esta normativa sanciona con multas mínimas (39 Unidad de Fomento a la Vivienda (UFV)) a pequeñas propiedades y propiedades colectivas que incurran en desmontes no autorizados. Además, exime de pago de multas a desmontes realizados en propiedades colectivas de hasta 20 hectáreas.

Con la UFV cotizada actualmente en Bs 2,52, esto significa que las sanciones no pasan de Bs 500.

"¿Biocidio?”, dijo muy extrañada la viceministra de Comunicación, Gabriela Alcón, este 12 de septiembre del 2024, cuando los periodistas de Santa Cruz le preguntaron si la ayuda del gobierno del presidente Luis Arce era oportuna o tardía, cuando ya era evidente el desastre en flora y fauna, por la quema de 4 millones de hectáreas y la muerte de miles de especies de animales que despojados de su habitad natural salieron a las carreteras o los pueblos buscado agua o protección.

Y en especial porque los incendios son provocados, también por avasalladores de tierras que nunca fueron combatidos con mano dura. Sobre el tema, el ministro de Gobierno, Eduardo Del Castillo dijo que en Santa Cruz los casos de toma ilegal de tierras se habían reducido en un 50% y que uno a uno fueron capturados los cabecillas de estos grupos.

Sin embargo, para nadie es desconocido que por ejemplo los encapuchados armados que secuestraron y torturaron a los periodistas en Las Londras, el 28 de octubre del 2021, siguen prófugos y tampoco se ha hecho un barrido en la zona de Guarayos, donde operan impunemente.

Se trata de avasalladores que la Fundación Tierra dice son correligionarios políticos del Movimiento Al Socialismo que gozan de la protección oficial y reciben tierras fiscales y particulares en algunos casos, como parte de compromisos políticos. Por eso son intocables y actúan sin Dios ni ley… y con el fósforo en la mano.

Roberto Méndez Herrera es periodista y abogado.

El presente artículo de opinión es de responsabilidad del autor y no representa necesariamente la línea editorial de Datápolis.bo.