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ese a que el Gobierno decidió no mover los precios de los carburantes parcialmente subvencionados hasta fin de año, a medianoche publicó el Decreto Supremo 5676 que dispone que los grandes consumidores (GRACOS) y clientes directos de diésel pagarán un precio referencial inicial de 18 bolivianos por litro. Pagaban 9,80 bolivianos, precio que se mantendrá para transportistas y particulares que no excedan su consumo habitual.

Para los grandes consumidores, el precio del litro de diésel se acercará al costo que tiene para el país importar ese combustible. Se trata de empresas, industrias e instituciones que utilizan grandes cantidades de diésel para sus actividades y que compran el combustible directamente.

Según una nota de prensa, la norma solo aplica a grandes consumidores, clientes y usuarios directos que compraban volúmenes importantes del carburante a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB).

Para los usuarios particulares y para el transporte, se mantienen los precios finales regulados. Sin embargo, si estos usuarios solicitaran una provisión adicional de diésel que supere a la de su consumo habitual (el llenado del tanque de su vehículo), también pagarán el costo de Bs 18 por litro.

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Durante las últimas semanas, las filas aumentaron en las estaciones de servicio del eje central del país. Según la administración de Rodrigo Paz, mafias siguen desviando ingentes cantidades del combustible al contrabando. Al mismo tiempo, el Gobierno volvió a anunciar que incentivará la importación de diésel por parte de los privados.

El Gobierno boliviano decidió mantener hasta el 31 de diciembre de este año la subvención parcial a los carburantes, además de la ampliación del subsidio al Gas Licuado de Petróleo (GLP), mediante el Decreto Supremo 5667.

El nuevo decreto, el 5676, normaliza los precios del combustible para grandes consumidores quienes pagarán lo que se cancela en cualquier país vecino, introduce un "precio referencial" para segmentos específicos y mantiene el precio general para los demás consumidores.

El Decreto establece la siguiente diferenciación entre los Grandes Consumidores (GRACOS), clientes y usuarios directos que compran en cisternas:

a. Usuario directo: En volúmenes desde 120 hasta 5.000 litros de manera mensual para consumo propio, a ser adquiridos desde estaciones de servicio de combustibles líquidos.

b. Cliente directo: En volúmenes desde 5.000 hasta 19.999 litros de manera mensual para consumo propio, a ser adquiridos desde plantas de almacenaje de hidrocarburos líquidos.

c. Gran Consumidor – GRACO: En volúmenes iguales o mayores a 20.000 litros de manera mensual exclusivamente para consumo propio, a ser adquiridos desde las plantas de almacenaje de hidrocarburos líquidos.

Según el decreto, el objetivo es disminuir la carga fiscal asociada al costo de las importaciones de combustible por parte de YPFB.

La estaciones de servicio quedan autorizadas a la comercialización de diésel de YPFB a los denominados usuarios directos también al precio referencial. “Para los demás consumidores, se mantienen invariables los precios”, señala este decreto supremo.

La norma establece en una de sus disposiciones transitorias que el precio referencial inicial es de Bs 18 por litro de diésel, incluye los costos de importación y los impuestos de comercialización.

Además, señala que el Ministerio de Hidrocarburos está encargado de diseñar una metodología para definir el precio del diésel, mientras aquello ocurra el precio referencial es de Bs 18. El precio referencial incorpora costos de importación e impuestos. Será actualizado cada semana, una vez aprobada la metodología.

“El ente regulador (ANH) establecerá y publicará en su página institucional diariamente el precio referencial del diésel, aplicando la metodología aprobada por el Ministerio de Hidrocarburos y Energías”, establece el decreto.